IMPUESTO SOBRE LAS EMISIONES DE CO₂ DE LOS VEHÍCULOS: PAGO DEL EJERCICIO 2025
Período voluntario de pago abierto del 1 de septiembre al 20 de noviembre de 2026
Desde el 1 de septiembre de 2026 ya puede consultarse la cuota y efectuarse el pago del impuesto sobre las emisiones de CO₂ de los vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2025. La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado la lista definitiva de vehículos y ha abierto el período voluntario de pago hasta el 20 de noviembre de 2026.
| FECHAS CLAVE
Vehículos sin domiciliación previa: pago voluntario sin recargos del 1 de septiembre al 20 de noviembre de 2026. Vehículos domiciliados antes del 15 de julio de 2026: el cargo se realizará el 20 de noviembre de 2026 y se aplica una bonificación del 2 %. |
¿Quién debe pagar el impuesto?
- Personas físicas y jurídicas con domicilio fiscal en Cataluña durante 2025 que hayan sido titulares de un turismo o una motocicleta.
- Personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña que durante 2025 hayan tenido allí un establecimiento, sucursal u oficina y sean titulares de un vehículo domiciliado en Cataluña.
Excepción para el ejercicio 2025: las furgonetas de categoría N1 destinadas al transporte de mercancías, con masa máxima inferior a 3,5 toneladas, no deben pagar el impuesto este ejercicio.
¿Qué vehículos no están sujetos o están exentos?
- No sujetos: vehículos 100 % eléctricos, ciclomotores, camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, autocares y vehículos autorizados para transportar a más de 9 personas, incluido el conductor.
- Exentos: vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida.
- Bonificación del 100 %: vehículos históricos y vehículos clásicos.
- Cuota igual o inferior a 6 €: no debe ingresarse el impuesto.
¿Cómo puede consultarse la cuota?
La consulta puede realizarse a través de la sede electrónica de la ATC:
- Consulta completa de uno o varios vehículos: requiere identificación digital (IdCAT Mòbil u otro certificado admitido).
- Consulta básica de un único vehículo: puede realizarse con el NIF del titular y la matrícula, sin necesidad de identificación digital.
- Carta de pago: la ATC también la envía a la dirección del titular que consta en “El meu espai ATC”. Conviene comprobar que los datos de contacto sean correctos.
¿Cómo puede pagarse?
La ATC permite efectuar el pago con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum, según el canal utilizado. Los principales canales son:
| Canal | Modalidad de pago |
| Por internet | Desde la lista de vehículos, con la carta de pago o mediante el código QR. |
| Aplicación móvil | A través de la app de la Agencia Tributaria de Cataluña. |
| Por teléfono | 012 (pago con tarjeta) o servicio “L’ATC us truca” en el 93 551 51 51. |
| Presencialmente | Entidades financieras colaboradoras, oficinas de Correos u oficinas de la ATC. |
¿Qué ocurre con los vehículos que tributan por primera vez?
En estos casos, el plazo de pago no es necesariamente el mismo. Dependerá de la fecha en la que el titular reciba la notificación de la liquidación. La notificación se enviará a la dirección que conste en “El meu espai ATC”.
| IMPORTANTE
No conviene confundir el período general de pago con el plazo aplicable a los vehículos que tributan por primera vez. Debe revisarse la notificación concreta recibida en cada caso. |
¿Qué conviene revisar antes de pagar?
- Titularidad y datos del vehículo incluidos en la lista definitiva.
- Cuota calculada y, en su caso, la aplicación de exenciones o bonificaciones.
- Domiciliación para comprobar si el pago ya estaba domiciliado antes del 15 de julio de 2026.
- Dirección y datos de contacto disponibles en “El meu espai ATC”.
- Situaciones especiales como vehículos históricos, clásicos, adaptados, eléctricos o furgonetas N1 durante el ejercicio 2025.
¿Qué ocurre si no se paga dentro del período voluntario?
El período voluntario para los vehículos no domiciliados finaliza el 20 de noviembre de 2026. Una vez finalizado, la deuda puede entrar en período ejecutivo y generar los recargos que correspondan. Por ello, es recomendable consultar la cuota y resolver cualquier incidencia antes de la fecha límite.
| EN RESUMEN
Si es titular de un vehículo sujeto al impuesto, conviene consultar la lista definitiva y la cuota antes del 20 de noviembre de 2026. Cada situación debe revisarse individualmente, especialmente si existen exenciones, bonificaciones, cambios de titularidad o vehículos que tributan por primera vez. |
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